Contribución al estudio de la contaminación la cuestión de las papeleras entre la Argentina y Uruguay

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Contribución al estudio de la contaminación la cuestión de las papeleras entre la Argentina y Uruguay (Conferencia)

Fecha de exposición: 24 de noviembre de 2006
Evento: III Congreso de Relaciones Internacionales (La Plata, 2006)
Institución de origen: Instituto de Relaciones Internacionales

Se trata de exponer acerca de que por razón de emprendimientos que producen contaminación ambiental, concierne a dos soberanías en términos tales que compromete jurídicamente al ámbito de los temas de derechos humanos , del hábitat; del uso de la atmósfera, del suelo y de las aguas; la conservación de los recursos naturales; la lucha contra la contaminación ambiental; la nueva normativa interna­cional a propósito de todas estas cuestiones, incluso sobre el calen­tamiento global, en lo que merita crítica respecto de la gestión y del resultado habido hasta la fecha en los tribunales ( Corte Internacional Justicia y MERCOSUR).

Se da cuenta del entramado de legalidad internacional (grandes Con­venciones, Tratados, Jurisprudencia, principios generales del derecho, derecho consuetudinario, actos unilaterales, etc.), que informa al hontanar más moderno donde radica la juridicidad imperante, con prevalencia del respeto a los derechos humanos afectados y a su ga­rantía suprema, el Ius Cogens.

El estudio rezuma en sus páginas las horrorosas consecuencias socia­les y que para la Humanidad derivan de ENCE – BOTNIA.

Con dedicación, especial, al comportamiento de los Estados, en con­formidad con buena la fé, el “estoppel”, la responsabilidad internacio­nal, el deber de no dañar y de cooperar en el cumplimiento del orden establecido, reconociendo los errores y procurando en ese orden de ideas buscar, hasta conseguir alternativas, porque el derecho interna­cional impone la evitación de la instalación de nuevas fuentes o for­mas de contaminación ( Convención de 1997 sobre utilización de ríos internacionales para fines distintos de la navegación )

Para ayudar a impedir justamente, a evitar, que continúe el proceso generativo de fábricas de pasta para papel que, por ser intrínseca­mente peligroso – nocivas en alto grado para las personas, los ani­males, los vegetales, el agua dulce y oceánica , la atmósfera y las bellezas escénicas – no pueden, no deben, ya, más, continuar insta­lándose.

Para contribuir al logro de obtener mediante alternativas apropiadas para el caso están propuestas, con el fin de cubrir el anhelo de salvar puestos de trabajo-que aunque míseros y pocos constituyen pretextación, las siguientes:

a- Promoción e incremento de la cría y explotación del esturión que se da generosamente en las aguas del Río Negro y con su producto privilegiado, el caviar:

b- formación de un sistema institucional bi-nacional dirigido a crear infraestructura para la industria turística en la región, que permitiría crear una fuente positiva de empleo permanente y calificado, para salvar y no para condenar a la naturaleza y al hombre.

Trata en varios pasajes de desarrollar una tesis para la interpretación mas auténticamente ligada a la defensa del derecho de los habitantes de Gualeyguachú a manifestar pacíficamente, como lo han hecho, a la búsqueda de solución todavía no bien comprendidas .De entre los re­cursos o medios jurídicos, se mencionan la Declaración de los Dere­chos del Hombre de Paris , 1948 , que en su preámbulo reconoce el derecho de resistencia y resoluciones y declaraciones de las Naciones Unidas que han ampliado el ámbito para legitimizar el uso de la fuerza. Amplía la perspectiva defensiva en punto a inconsecuencias del prin­cipal órgano judicial de las Naciones Unidas y por razón de reiteradas violaciones al deber de no innovar, incluso de orden contumacial.

Expone y arguye acerca de los riesgos jurídicos empresariales y, fi­nancieros a que se expone el Banco Mundial de prosperar la tentativa que concurre a conseguir su apoyo para exigir nuevas fuentes de contaminación.